SOIVRE | Nuevos controles a la importación de material eléctrico y electrónico

Diciembre 2022 | PUERTO DE BILBAO NEWS 99

A partir del 16 de enero de 2023, comienzan a aplicarse dos nuevas inspecciones a la importación:

RoHS (Restriction of Hazardous Substances - Restricción de Sustancias Peligrosas)

RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos)

Las mercancías afectadas son aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), pilas, acumuladores y baterías (PPAA) incluidos en los Anexos I, II y III del Real Decreto 993/2022. La relación de partidas arancelarias afectadas ha sido publicada por el SOIVRE en la página web de ESTACICE.

El Servicio de Inspección SOIVRE, de manera coordinada con la Aduana, es el responsable de controlar las importaciones de mercancías sujetas a las nuevas medidas.

Los controles previos al despacho a la libre práctica de material procedente de países terceros verificarán que:

las importaciones de material eléctrico, material electrónico, pilas, acumuladores y baterías cumplen con las normas que fijan restricciones a la utilización de sustancias peligrosas en la fabricación de esos productos.

los responsables de la introducción en el mercado de la UE de AEE y pilas, acumuladores y baterías cumplen con la obligación de estar inscritos en el Registro Integrado Industrial (RII) y con la gestión ambiental de sus residuos.

El objetivo es que sólo se puedan importar los productos que cumplan con los requisitos técnicos que faciliten los procesos de reciclado y eliminación de residuos, así como la reducción de la contaminación y la prevención de los daños medioambientales y de la salud causados por las substancias restringidas.

Los controles revisarán si las importaciones de productos objeto de control cumplen con las normas de fabricación.

Para pasar el control el fabricante/importador debe:

estar dado de alta en el Registro Integrado Industrial (RII).

adjuntar la documentación técnica necesaria: Declaración de conformidad + Informe de ensayo de producto final o Certificaciones de producción de terceros.

Para obtener el levante en el despacho de importación, el importador, o su representante, debe solicitar el certificado que acredita haber pasado la inspección.

La manera de solicitarlo difiere según el tipo de producto o el sistema de presentación de solicitudes que se utilice: para aquellos productos que ya estaban sometidos a inspección SOIVRE por otros motivos se mantienen el sistema actual de solicitudes por ESTACICE o su sistema de gestión habitual, mientras que para los productos que se venían importando sin otros controles SOIVRE se pone en marcha una nueva herramienta llamada ESTACICE-PUE, una ventanilla única AEAT-SOIVRE.

Recomendamos a los importadores que consulten con sus representantes aduaneros para poder adaptarse a estos nuevos requisitos de control.

 

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